lunes, 8 de octubre de 2012

síntesis

SÍNTESIS DE LOS DISTINTOS ESTADIOS ANALIZADOS:
*MUERTE CEREBRAL: una persona en muerte cerebral ha perdido todos los sistemas cerebrales, incluidos los de mantenimiento, los vegetativos: no es que no se mueva o no hable, sino que no regula su frecuencia cardíaca, no contrae sus pupilas, no mueve sus ojos si le giramos la cabeza ,y respira porque está conectado a una máquina. Está muerto, y punto.
Tanto es así que, si le hacemos una prueba para ver la actividad cerebral, solo registraremos silencio. El electroencefalograma únicamente capta ruido de fondo, y en una prueba de imagen funcional (como un PET, dándole glucosa radiactiva y observando si las neuronas la usan) veremos un cráneo "hueco". De hecho, si alguien en muerte cerebral permanece unas horas sin"irse" del todo, es solo por el uso de medidas de soporte vital avanzado.

* COMA: el coma es un estado de sueño persistente, el paciente está dormido pero ni se le puede despertar ni responde a estímulos. Se debe aun daño cerebral que incluye al sistema reticular activador: esta es una estructura que proporciona el tono muscular y el "tono"cerebral, participando en el ciclo sueño/vigilia para mantenernos despiertos.
El coma es un estado transitorio , del que generalmente salen en unos pocos días o semanas: o despiertan, con distintos grados de daño neurológico o permanecen en un estado vegetativo o  de mínima conciencia.
*ESTADO DE MÍNIMA CONSCIENCIA: Es un grado superior al estado vegetativo persistente. Se aprecia algo de actividad mental, pero es imposible  establecer una comunicación persistente. Perdonadme el ejemplo, pero podría compararse con un perro: es capaz de hacer movimientos con propósito(coger un objeto que le acercamos), seguir órdenes simples(levantar un brazo) o tener un discurso adecuado(manifestar sensaciones) ,pero nada más.
*LOCKED-IN SYMDROME(síndrome de cautiverio)
Un paciente con síndrome de cautiverio es una persona bloqueada, encarcelada en su cráneo: sería capaz incluso de escribir un libro, pues  CONSERVA TODAS LAS FUNCIONES CEREBRALES, pero no puede moverse,ni hablar. sE HAN INTERRUMPIDO LAS VÍAS QUE  CONDUCEN LAS SEÑALES DESDE EL CEREBRO A LA MÉDULA ESPINAL, así que el enfermo sólo conserva el control de la apertura de  los párpados y tres movimientos oculares: arriba, abajo y al centro. La muy recomendable la película francesa LA ESCAFANDRA Y LA MARIPOSA(basada en una historia real) lo representa perfectamente.
Al final de la vida podemos encontrarnos con distintas situaciones y/o posibilidades teniendo en cuenta el principio de dignidad y el concepto de calidad, pudiendo elegir entonces como pacientes y es entonces cuando nos encontramos frente a lo que se denomina:
a) cuidados paliativos, es el acompañamiento en la terminalidad, medicina humanizada vs medicina tecnificada.
b) Limitación de soporte vital, ejemplo respirador.
c) Sedación, con indicación médica, el derecho a ser inconsciente ante la propia muerte.
d) Eutanasia no se encuentra contemplado en el texto de nuestra legislación.
Respecto a la ley de muerte digna podemos decir  que quedaron ampliados los derechos del paciente, que tienen desde ahora autonomía de la" voluntad "para rechazar medidas"  médicas de soporte vital" cuando tenga una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estado terminal".
Esta ley comenzó a debatirse después de que la madre de un bebé en estado vegetativo irreversible desde su nacimiento pidiera públicamente la "urgente" aplicación de una ley de muerte digna. Selva Herbón publicó el pasado mes de septiembre una carta dirigida a la presidenta argentina, Cristina Fernández, para pedirle la aplicación de la ley para su hoja de dos años,Camila.
La madre consideraba a su hijavíctima de una "clara obstinación terapéutica" de los médicos que se negaron en repetidas ocasiones a desconectar los aparatos que la mantienen viva por temor a una reclamación judicial.
A partir de este reclamo y otros que se fueron sucediendo, se envió el proyecto a Diputados que luego de discutir varios aspectos de la ley, la enviaron al senado para su tratamiento y aprobación.
Esta ley permite la negativa del paciente a recibir medidas sanitarias cuando "sean extraordinarias o desproporcionadas en relación con la perspectiva de mejoría".

Además, dispone que "el paciente que presente una enfermedad irreversible, incurable o que se encuentre en estado terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación, informado en forma fehaciente, tiene el derecho de manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital".
Y aclara que en todos los casos, la negativa o el rechazo de los procedimientos mencionados no significará la interrupción de aquellas medidas y acciones para el adecuado control y alivio del sufrimiento  del paciente".
En nuestros países Latino Americanos todavía  no se profundiza en espacios abiertos temas de bioética relacionados al final de la vida, como el derecho del paciente al rechazo de un tratamiento, encarnizamiento terapéutico o de la sedación paliativa.
A continuación terminaré de transcribirles totalmente esta ley y otros aspectos que se nombraron(ej, encarnizamiento terapéutico), ya que, a decir verdad, cuando uno dice algo;que sea importante , claro y  fidedigno ó mejor callar.. y, como ven, RESPETO LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR!!!

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